ElCódigo Civil no establece un plazo para renunciar a una herencia, por lo que puede hacerse en cualquier momento, siempre y cuando no prescriba la acción para reclamarla. El Código Civil establece los siguientes plazos en relación con la renuncia a la herencia: No es posible renunciar a la herencia antes de los 9 días desde el fallecimiento.
Suposición con ello difiere notablemente de la posición de los hijos del legitimario premuerto, desheredado o incapaz por indignidad, supuestos en los que la estirpe, ya sea en la vía testada o intestada, ocupan en cuanto a la legítima estricta la posición de su progenitor (artículos 814, 857 y 761 del Código Civil), y la renuncia
Entérminos legales, renunciar a los derechos de una herencia se denomina repudio de la herencia y sus efectos están establecidos en el Artículo 1282 del Código Civil de Colombia. Allí se establece que el asignatario tiene el derecho de repudiar con libertad la sucesión de bienes, siempre que tenga la mayoría de edad .
Renunciara una Herencia: cómo y cuándo repudiarla - GUIA 2024 Renunciar a una herencia: ¿Cómo y por qué? 14/11/2023 Dice el refrán que el mejor
Paraello, sería necesario aportar la prueba de que el heredero legitimado, del que se debe presumir que ha renunciado a la herencia, no ha realizado ningún acto de aceptación, y que a su respecto, el plazo de un año que establece el art. 1.103 NCC o reducido por un tribunal en virtud del art. 1.113 NCC ha expirado.
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